E119 El Dato peque del trueque: SAT extiende periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento Carta Porte

10 mar 2022 · 2 min. 58 sec.
E119 El Dato peque del trueque: SAT extiende periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento Carta Porte
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El 08 de marzo se publicó en el Portal del SAT la primera versión anticipada de la “Segunda Resolución de Modificaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022”...

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El 08 de marzo se publicó en el Portal del SAT la primera versión anticipada de la “Segunda Resolución de Modificaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022” en la cual se señala que en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022.

“ÚNICO. Se reforma el Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2022, publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:
“Primero. …
I. …
II. Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022.
III. …”
Cabe señalar que lo anteriormente señalado será oficial hasta que se publique en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día siguiente de su publicación de acuerdo con el transitorio único del documento referido.

En este sentido, el 09 de marzo se dio a conocer por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el comunicado 013/2022 en el cual informa que el periodo de transición para emitir la carta porte sin sanciones se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022 en razón del gradual proceso de incorporación por parte de algunos usuarios.

Recordemos que en otro comunicado de la SHCP con número 084/2021 de fecha 24 de diciembre de 2021 se informó que señalaba que el complemento carta porte entraría en vigor el 1 de enero de 2022 pero se tenía hasta el 31 de marzo para emitir correctamente su factura electrónica con complemento Carta Porte sin multas ni sanciones, asimismo, que, para las operaciones de comercio exterior la factura electrónica con complemento Carta Porte sería exigible a partir del 31 de marzo del 2022.

Es importante señalar también, que para facilitar la facturación electrónica con el complemento Carta Porte sin contratar a terceras personas, a partir del 1 de enero de 2022 el SAT puso a disposición de los contribuyentes de manera gratuita las herramientas para la facturación electrónica en las siguientes direcciones:

• https://www.sat.gob.mx/aplicacion/751...)
• Servicio de facturación Mis Cuentas versión 4.0 (vigente a partir del 1 de enero de 2022) - Factura electrónica - Portal de trámites y servicios - SAT


Fuente:

https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-...

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?b...

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?b...
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Autore TLC Magazine México
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